Con la temporada de verano en marcha y un fuerte movimiento hacia los destinos turísticos, los controles viales se intensifican en rutas y accesos de todo el país. Antes de emprender un viaje en auto, resulta clave verificar que tanto el conductor como el vehículo cuenten con la documentación obligatoria exigida por la Ley Nacional de Tránsito, además de los elementos de seguridad correspondientes, para evitar multas o la retención del vehículo.
Si bien durante el último año hubo debates vinculados a la digitalización de trámites, la Ley 24.449 continúa siendo el marco regulatorio vigente y establece una serie de requisitos básicos que deben cumplirse en cualquier jurisdicción.
Documentación obligatoria para circular
Para transitar por rutas nacionales y provinciales, el conductor debe portar:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente, en formato físico.
- Licencia Nacional de Conducir, válida y correspondiente a la misma jurisdicción que figura en el domicilio del DNI. Se acepta la versión digital a través de la app Mi Argentina, con código QR renovable.
- Cédula de Identificación del Automotor: puede ser física o digital. Si quien conduce no es el titular, debe contar con la autorización de manejo digital o la antigua tarjeta azul, en caso de estar vigente.
- Seguro obligatorio con póliza vigente, en formato digital o impreso.
- Verificación Técnica Vehicular (VTV) o Revisión Técnica Obligatoria (RTO) vigente, con oblea colocada o constancia correspondiente, según la provincia.
Elementos de seguridad exigidos
Además de la documentación, el vehículo debe contar con los siguientes elementos obligatorios:
- Matafuegos con carga vigente, correctamente sujeto y al alcance del conductor.
- Balizas portátiles triangulares.
- Rueda de auxilio, criquet y llave de ajuste.
- Chapas patentes originales, bien colocadas y legibles, sin adulteraciones.
- En el caso de vehículos 0 km o con patente provisoria, se admite la circulación dentro de los plazos establecidos: hasta 10 días para autos nuevos y hasta 60 días en casos de reposición.
Seguridad infantil y traslado de mascotas
La normativa nacional es estricta en relación con los ocupantes más vulnerables:
- Niños: los menores de 10 años deben viajar siempre en el asiento trasero y utilizar sistemas de retención infantil adecuados a su peso y altura.
- Mascotas: deben trasladarse en el asiento trasero, preferentemente en un canil sujeto al cinturón de seguridad o con arnés especial. No pueden viajar sueltas ni en la falda del conductor o acompañante.
Particularidades provinciales
Si bien la legislación es nacional, algunas provincias establecen requisitos específicos. En Santa Fe y Córdoba, por ejemplo, rige la alcoholemia cero y es obligatorio circular con luces bajas encendidas en ruta en todo momento, criterio que también se aplica en Mendoza. En la provincia de Buenos Aires, la tolerancia al alcohol es igualmente cero para conductores particulares.
Antes de salir: una revisión recomendada
Más allá de lo obligatorio, se aconseja realizar un chequeo general del vehículo antes de iniciar el viaje, especialmente en verano. Frenos, neumáticos, luces y niveles de fluidos son aspectos clave para garantizar un traslado seguro frente a altas temperaturas y largos trayectos.
Salir a la ruta implica disfrutar del viaje, pero también asumir responsabilidades. Contar con la documentación en regla y el vehículo en condiciones no solo evita sanciones, sino que contribuye a una experiencia más segura para todos los ocupantes.
